La auditoría energética, el primer paso para
la rehabilitación de edificios:
La Estrategia de transformación de los edificios residenciales define el concepto de “Edificio de Consumo de Energía Casi Nulo -ECCN” como un edificio con un nivel de eficiencia energética muy alto y en gran medida mediante energías renovables, y fija que a partir del 31 de diciembre de 2020 todos los edificios nuevos sean de esta categoría, además de desarrollar políticas específicas para fomentar que los edificios rehabilitados cumplan esta definición.
Con el objetivo de cumplir y alcanzar estos objetivos ya son muchas las CCAA que han adoptado medidas y generado leyes de sostenibilidad que abordan y profundizan sobre todas cuestiones. Una de ellas es la Ley de Sostenibilidad del País Vasco, que ya recoge y define diferentes objetivos, obligaciones y responsabilidades. Uno de sus capítulos hace especial referencia al sector residencial y a las obligaciones que se deben llevar a cabo para impulsar un cambio de modelo. Dentro de diferentes artículos se desglosan desde las obligación de los certificados energéticos hasta los puntos de recarga para el vehículo eléctrico.
Uno de los puntos más importantes de esta Ley hace referencia a las auditorías energéticas. Hablamos del artículo 39 donde los edificios de titularidad privada, destinados a uso residencial vivienda, sea cual sea el número de viviendas que lo componen y cuando la propiedad se plantee realizar una reforma importante, deberá contratar una auditoría energética previa del edificio para determinar las posibles medidas a adoptar para la mejora del ahorro y la eficiencia energética, la incorporación de sistemas de suministro energético centralizados o alternativos, así como instalaciones destinadas al aprovechamiento de las energías renovables.
La 1ª herramienta inteligente para diseñar estrategias integrales de rehabilitación:
Las auditorías energéticas se realizarán por auditores o auditoras energéticas debidamente cualificados, conforme a lo establecido por el Real Decreto 56/2016, de 12 de febrero, por el que se transpone la Directiva 2012/27/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, relativa a la eficiencia energética, en lo referente a auditorías energéticas, acreditación de proveedores de servicios y auditores energéticos y promoción de la eficiencia del suministro de energía, y disposiciones de desarrollo del mismo, o norma que se dicte en su sustitución.
Las auditorías energéticas deberán ser realizadas conforme a las normas UNE-EN 16247-1. Auditorías Energéticas. Parte 1: Requisitos Generales y UNE-EN 16247-2. Auditorías Energéticas. Parte 2: Edificios, o, en su caso, sus sustituciones por futuras normas UNE EN de requisitos de auditorías energéticas autorizadas por el Ministerio con competencia en materia de auditorías energéticas.
En las auditorías energéticas se reflejarán los cálculos detallados y validados para las medidas propuestas, facilitando así una información clara sobre el potencial de ahorro. Los datos empleados en las auditorías energéticas deberán poderse almacenar para fines de análisis histórico y trazabilidad del comportamiento energético. Las auditorías energéticas no contendrán cláusulas que impidan transmitir las conclusiones de la auditoría a empresas proveedoras de servicios energéticos cualificadas y acreditadas, respetando en todo caso la confidencialidad de la información.
A partir de ahora, las administraciones locales, a la hora de tramitar la licencia de obra para acometer las reformas indicadas, empezarán a requerir la presentación de una declaración responsable por la cual la propiedad del edificio declare haber realizado la correspondiente auditoría energética y lógicamente desarrollar procesos de rehabilitación encaminada hacia modelos de Energía Casi Nula.
- Auditoría energética/Edificios residenciales Desde 180 €/ Ud vivienda
Auditoría energética UNE 16247-2 para edificios residenciales. Incluye visitas técnicas, termografías, análisis de la situación actual, mejoras activas y pasivas, incorporación de energías renovables y análisis comparativos de energía, confort y consumo energético.
- Auditoría energética/Edificios públicos Desde 100 €/ m2
Auditoría energética UNE 16247-2 para edificios de uso público como escuelas, centros deportivos, ayuntamientos, bibliotecas o cualquier espacio público incluyendo análisis de la situación de partida, termografías, análisis de consumos, costes y comportamientos, medidas activas, pasivas, incorporación de renovables y hojas de ruta para la rehabilitación.
Las auditorías energéticas Stechome son realizadas por un equipo técnico especializado compuesto por arquitectos, ingenieros y gestores energéticos formados para el desarrollo de dichas actuaciones incluyendo la utilización de innovadores sistemas de monitorización, análisis de datos o la utilización de drones para la toma de termografías. Stechome cuenta con una metodología propia basada en la normativa UNE 16247-2 y en la utilización de una plataforma digital desarrollada en colaboración con APROBASGE y FENAGE (Federación Nacional de Gestores Energéticos).